FUNDAMENTO ESTATUTARIO DEL COLEGIADO

Articulo 155. Son atribuciones y obligaciones del Colegiado Seccional de Comunicación, además de las establecidas en el Artículo 95, del presente Estatuto, en el ámbito de su competencia, las siguientes: /
-Garantizar el acceso a la información acerca de los fundamentos filosóficos, los valores democráticos, los objetivos programáticos y la imagen de nuestra organización y su quehacer educativo, cultural, sindical, político y social, en la entidad federativa;
-Generar hacia la sociedad y la opinión pública la información que proyecte al Sindicato como una organización democrática y moderna, comprometida con los derechos y aspiraciones de sus miembros, con una educación de calidad con equidad, con el desarrollo sustentable y la gobernabilidad democrática del Estado;
-Articular en todos los niveles de gobierno de la sección sindical, la estrategia de imagen e identidad que proyecte hacia los agremiados y la sociedad;
-Crear y hacer uso de herramientas propias y de los medios masivos de comunicación;

PRIMERA REUNION FORMAL ENTRE EL GOBERNADOR Y LA DIRIGENCIA DE LA SECCION 27

VIDEO Y FOTOGRAFIAS

SRIA DE PRENSA Y PROPAGANDA

V.-En materia de Prensa y Propaganda, además de lo establecido en el Artículo 95, fracción VI, del Estatuto, en el ámbito de su competencia, las siguientes:
-Divulgar los documentos básicos y las actividades sindicales de interés general.
-Difundir en las regiones, delegaciones, centros de trabajo y escuelas las resoluciones y actividades del Comité Ejecutivo Nacional, Seccional y demás órganos de gobierno.
-Establecer y mantener relaciones con los representantes de los medios de comunicación en la entidad federativa.
-Acordar con la Secretaría General, las acciones propagandísticas y la publicación de la información sobre las actividades de la sección.
-Dirigir y editar publicaciones periódicas, para divulgar las actividades del Sindicato.
-Difundir a través de los medios de comunicación los eventos de la Sección.
-Desarrollar y poner en marcha las campañas publicitarias que emprenda el Sindicato.
-Coordinar la producción de programas en medios electrónicos e impresos.
-Realizar el monitoreo y análisis de la prensa, radio y televisión, nacionales y locales.
-Difundir programas educativos y culturales.
SRIA DE PRENSA Y PROPAGANDA.-Profra. Lidia Torres Ham.

COMUNICACION ORGANIZACIONAL ESTATUTOS

VI.-En materia de Comunicación Organizacional, además de lo establecido en el Artículo 95, fracción VII, del presente Estatuto, en el ámbito de su competencia, las siguientes:
Diseñar la estrategia de comunicación entre las instancias y niveles de los órganos de gobierno sindical y hacia los representados.
Dar a conocer a las regiones, delegaciones, representaciones de Centro de Trabajo y de Escuela, las resoluciones de los Congresos Nacionales y de los órganos de gobierno de los Comités Ejecutivo Nacional y Seccional, además de divulgarlas entre la opinión pública cuando sean de interés general.
Elaborar, procesar y sistematizar las noticias, contenidos, recursos, y herramientas de interacción, dedicados a los hechos y acciones de la sección Sindical.
Articular un espacio, en el portal del Sindicato, de información y difusión de las acciones, posiciones, pronunciamientos y debates, relativos a la Sección.
Participar en la promoción de talleres y cursos, a los dirigentes de los diversos Órganos de gobierno sindical.
Las demás que le confiera la Secretaría General.

lunes, 18 de febrero de 2008

COLEGIADO SECCIONAL DE COMUNICACION

No hay comentarios: